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¿Derechos de los entrenadores durante la crisis?

Derechos de los entrenadores durante la crisis del Coronavirus

Normalmente, en quebaloncesto.com no hacemos este tipo de contenido, pero nos han llegado varios correos preguntado dudas como éstas:

Soy entrenador y mi club ha parado las actividades, ¿tengo derecho a ERTE?

Tengo un convenio de colaboración y se estipula que trabajo “lo que dure la actividad”, ¿tengo derecho a algo?

Soy autónomo, facturo mensualmente a mi club, ¿tengo que darme de baja?

En la escuela donde imparto los entrenamientos ya cerraron, ¿voy a cobrar prestación del estado?

En primer lugar, ¡tenemos un foro de basket! en el que se pueden plantear todas estas cuestiones y que alguien con los conocimiento conteste adecuadamente.

No obstante, para este caso especial relacionado con la crisis del Coronavirus hemos hecho unas indagaciones para intentar ayudar a resolver algunas de estas dudas, en la medida de lo posible. Esperamos vuestros comentarios con la información que queráis aportar para ayudar al resto de compañeros entrenadores que nos leen desde Colombia, México, España, Chile, Argentina, República Dominicana, Venezuela, y tantos otros lugares. Aunque en este artículo vamos a centrarnos en España, iremos añadiendo toda la información posible para todos los países posibles.

Vamos a intentar esclarecer un poco la situación para que los entrenadores o entrenadoras afectados tengáis algo con lo que empezar.

AVISO: En ningún caso la información que aparece en esta página debe considerarse como una fuente oficial ni como consejos cualificados, sólo se trata de una recopilación de información lo más ordenada posible. En caso de duda debes contactar con un abogado.

Para todos

Para todos los casos, es la entidad que te tiene trabajando la que tiene que mover ficha. Sea un colegio, un club, una asociación de madres y padres, una empresa, un ayuntamiento… Tu vínculo laboral es con esas entidades y ellas sabrán como asesorarse. Si te mantienen desinformado quizá sea porque tu país aún no ha regulado adecuadamente el sector.

El primer paso es la negociación con tu club, hay muchas casuísticas, pero en general los entrenadores estamos desprotegidos.

Lo que es evidente es que gran parte del tejido de profesionales del deporte está trabajando de forma “alegal”, sin alta o cotización a la seguridad social, sin contrato, etc. Lo que deriva en una clara reducción de derechos en una situación como ésta.

Situación más probable

Lo más probable es que hayas estado entrenando sin tener un contrato laboral regulando la actividad, además los clubes van a dar por pausadas las temporadas, y en unas semanas, las darán por finalizadas. En este caso, cobrarás hasta el día que dejaste de entrenar por al crisis, o ese mes entero en el mejor de los casos.

Para los clubes y las federaciones también supone un agujero en sus arcas, ya que hay muchos costes que no hay llegado a amortizar al terminar la temporada antes de tiempo.

Clubes, colegios, empresas, AMPAS…

Todas estas entidades tienen la misma capacidad de contratar, pero es una práctica común entrenar sin contrato, simplemente con un convenio, o directamente de manera irregular.

Lo único importante para este caso es qué tipo de relación laboral tienes oficialmente.

El problema de las irregularidades en este sector profesional no es nuevo. En éste BOE del 2016 podemos ver uno de los primeros intentos de regularizar este sector en España:

En el artículo 28 (Infracciones) podemos leer lo siguiente:

La contratación de trabajadores no cualificados en el caso de que el objeto de su contrato de trabajo comprenda, total o parcialmente, la realización de tareas propias de la profesión.

Artículo 28. Infracciones.

Sobre todo, este ley trataba de regular la formación de los entrenadores y demás profesionales, ¿empezar por el final? Seguramente. Invalidaba muchas de las formaciones que ya se habían otorgado y originó un “levantamiento en armas” de muchos entrenadores.

En ningún caso se acercó a regular la relación contractual de los entrenadores con los clubes. Lo cuál ahora supone un problema para muchos entrenadores de base cuya mayor fuente de ingresos es el baloncesto en clubes para los que están trabajando sin contrato.

¿Pueden los entrenadores acogerse a un ERTE en España?

La respuesta corta es sí, la respuesta larga es: un pequeño porcentaje de los entrenadores en España podrán acogerse a un ERTE.

Un ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, una medida legal para paralizar una actividad empresarial de manera temporal para casos especiales, como el caso de la crisis del Coronavirus.

Todas las empresas que se han visto obligadas a parar su actividad han sido cubiertas por el paragüas de varios decretos para que puedan hacer de forma rápida un ERTE a sus empleados y que éstos puedan cobrar una prestación por desempleo mientras dure la crisis.

Cualquier entidad (un club deportivo tiene un funcionamiento similar en muchos aspectos al de una empresa, aunque no en todos) puede presentar un ERTE y demostrar que no puede proseguir su actividad por una causa de fuerza mayor, como es el caso.

Contratos: Quién si puede acogerse

Los entrenadores que tengan un contrato laboral con su club podrán acogerse a un ERTE, en las mismas condiciones que cualquier otro trabajador. Hay varios tipos de contratos, veamos:

Contrato indefinido

Fácil, sí, puedes, cobrarás el 70% de la base reguladora que tengas.

Contrato temporal, obra y servicio o similar

En principio puedes, tienes los mismos derechos que con un contrato indefinido, sólo depende de cuándo te toca renovar el contrato.

Los contratos de obra o servicio, eventuales, interinos y temporales son contratos de trabajo normal que cotizan a la seguridad social y puedes tener un ERTE como cualquier otro contratado.

Con esto claro, has de saber que la aplicación de un ERTE puede llevar a que la empresa en cuestión solicite la finalización, suspensión o reducción de los contratos temporales que tenga en vigor.

Si el contrato vence durante el ERTE, la empresa será la que decide si renovar o no el contrato, no se prorrogará automáticamente.

La cantidad a percibir es el 70% de la base reguladora.

Otros convenios

Si no tienes un contrato laboral no tienes derecho a ERTE, igual que no lo tienes a prestación por desempleo (paro). Sólo si estás cotizando a la seguridad social puedes acogerte, y en el caso de los convenios de colaboración y similares no pagas seguridad social.

Seguramente la entidad para la que trabajas te retiene el IRPF o lo pagas tú cada año en la declaración de la renta, has de saber que el IRPF no tiene que ver con la seguridad social, una cosa es Hacienda y otra la Seguridad Social.

En este caso lo más probable es que no cobres nada, de nadie. Y ésta es la situación de la mayor parte de los entrenadores en España (sobre todo en formación).

¿Convenio? ¿Contrato? ¿Qué son esas cosas?

Amiga, amigo, estás trabajando irregularmente, y cobrando “en B”, ahora mismo no vas a ver un duro. Por favor, en el futuro asegúrate de no trabajar de forma irregular (es ilegal, aunque sea poco dinero).

Autónomos

Este es un caso raro, pero alguno hay. En este caso depende de las condiciones del servicio que tengas acordadas con tu club (o la entidad que sea), pero seguramente, tengas lo que tengas, las facturas de los meses que esté parada la actividad no las vas a cobrar, así que antes de hacerlas y tener que pagar el IVA, habla con tu club, quizá te convenga darte de baja de autónomos temporalmente, por si la situación se alarga.

Si la actividad prosiguiese dentro de unas semanas (lo que parece poco probable) seguirías tu actividad, al menos, eso es lo probable.

Qué puedes hacer ahora

En primer lugar, te recomendamos que valores la opción de adscribirse a alguna asociación de entrenadores de tu ámbito local.

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid está la AEBCAM.

En segundo lugar, acude a tu club, la mayoría de clubes gestionarán esta crisis con sentido común. Al fin y al cabo la mayor parte de los entrenadores no viven de entrenar y los que sí, tienen un contrato laboral con su club. ¡Habla con tu club!

Si trabajas para una empresa o colegio (directamente), lo más probable es que tengas todo en regla y hagan un ERTE, salvo que te toque renovar durante la crisis, seguramente esté todo en orden.

Si trabajas para una AMPA seguramente estés de forma irregular, en este caso lo más probable es que dejes de cobrar y de trabajar, y punto. Toma nota para la próxima. La única forma de que los clubes se vean obligados a regularizar la situación de sus entrenadores es que los entrenadores lo pidan, exigan y apoyen al club en el proceso.

Es posible que en los próximos mese volvamos a ver bajadas en las remuneraciones con la excusa de la crisis, por lo menos asegurémonos de tener una situación regularizada.

El lado positivo

Obviando el drama humano y sanitario, hay un lado positivo de que tantos entrenadores vean la realidad de su “trabajo” a nivel legal. También para los clubes, que en muchos casos son grandes familias, es doloroso ver que a veces las cosas simplemente ocurren, y esta vez no nos han pillado preparados.

Gracias a esta crisis, todos los actores haremos la reflexión que nos toca: entrenadores, clubes, familias, jugadores, federaciones, el estado… y entre todos y todas, tomaremos medidas, para que no se vuelva a quedar nadie atrás y este sector se profesionalice -con todas las letras, y en todos los sentidos- de una vez por todas. ¡Saldremos de ésta, y volveremos más fuertes!

¿Falta algo? ¿Hay algún error?

Por favor, déjalo en un comentario y añadiremos tu aportación o corrección lo antes posible.